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Normas de seguridad en vuelo para los lanzamientos que efectúen los aviones pertenecientes al " Club SkyDive Gran Canaria".
1- Las presentes normas son de obligado cumplimiento para el comandante de la aeronave, jefe de saltos,
director de lanzamiento y los propios paracaidistas.
2- Se dotará a cada uno de los aviones de un sistema de auriculares que utilizará el jefe de saltos para que en todo momento esté al corriente de las conversaciones del comandante con Canarias Control, Aeroclub de Gran Canaria, otros aviones y director de lanzamiento (encargado de zona).
3- En todos los despegues que se hagan por la pista 07 se ascenderá en rumbo de pista por dentro de tierra hasta 1.000 pies de altitud, virando a continuación a la izquierda.
Este extremo está confirmado en cuanto a su autorización por el Aeroclub Gran Canaria, y no incide en la aproximación de las Palmas/Gando por hacerse a la izquierda de la misma.
4- Todos los despegues que se hagan por la pista 25 seguirán en línea recta hasta la "zona de lanzamiento con una separación máxima de la costa de 0,3 Millas Naúticas.
5- En ningún caso se deberá volar a más de 0,3 Millas de la costa cuando se esté por debajo de los 2.000 pies de altitud.
6- El viento máximo permisible para los lanzamientos será el siguiente:
Dirección del Viento Velocidad Máxima en Nudos
210º
A 340º 15 Kts
180º
A 200º 20 Kts
010º
A 180º 25 Kts
Por supuesto que estos límites son para paracaidistas expertos, quedando los límites para alumnos en
el 50% de los límites anteriores en
el 50% de los límites anteriores de acuerdo
con la siguiente escala:
Experiencia jefe de Saltos
Cantidad de Nubes
De 200
A 500 Saltos 0 A 3/8
De 500
A 1.000 Saltos 3/8 A 5/8
De 1.000 Saltos Cubierto 8/8
8- La persona responsable del lanzamiento será en cualquier caso el jefe de saltos, y no el comandante de la aeronave, en ningún caso el jefe de saltos dará la orden de lanzamiento si no tiene referencias visuales del terreno.
Continúan Normas de Seguridad en Siguiente Página
 
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